Requisitos básicos

Existen algunos requisitos básicos que todos los miembros potenciales de la ANLP deben cumplir para poder afiliarse.

La ANLP proporciona un marco de autorregulación para los profesionales de la PNL y, como parte de ello, garantiza que se apliquen unas normas mínimas a todos aquellos que soliciten su afiliación a la ANLP. Estas normas mínimas de afiliación son las siguientes:

Mínimo de Horas de Formación Presencial Sincronizada

Para afiliarse a la ANLP como miembro profesional o superior, se requiere una formación presencial sincrónica (es decir, tanto el formador como el alumno asisten en directo a la sala, aunque se trate de una sala virtual). Cuando esta formación es virtual, debe cumplir los criterios de formación virtual de la ANLP: los profesionales de la PNL trabajan con clientes y, como tales, es importante que los miembros tengan experiencia en la formación y el trabajo con personas reales. La PNL es, por su propia naturaleza, un tema experiencial - mientras que los cursos de vídeo en línea pueden ser una gran introducción a la PNL, no sustituyen la experiencia de aprender y practicar habilidades con personas reales y observaciones de formación en vivo. Después de todo, ¿le confiarías tus dientes a un dentista que sólo ha visto un vídeo sobre odontología, sin haber sido observado por un formador o haber tenido la oportunidad de practicar en un entorno supervisado y en vivo?

Las condiciones de afiliación a la ANLP (sección 2.1.6) establecen que:

Debido a la tendencia actual a ofrecer cursos extremadamente cortos y cualificaciones a distancia, la afiliación a la ANLP a nivel Profesional o superior sólo se concederá a aquellos que hayan obtenido una cualificación en un curso que requiera al menos

  • 50 horas presenciales en el nivel Practitioner,
  • 80 horas para el nivel Master Practitioner y otras
  • 90 horas en el nivel Trainer.

Certificados

Todos los certificados de formación presentados como parte de los criterios de afiliación deberán haber sido expedidos por un Formador o Master Trainer de PNL de buena fe (sección 2.1.7).

Dado que la PNL es una profesión no regulada, hay una serie de "Formadores Maestros de PNL" que han obtenido su "título" sin pasar por los rigurosos procesos acordados por los principales organismos de certificación, para garantizar que se mantienen todas las normas de formación.

Si deseas practicar la PNL como profesional y perteneces a la ANLP, por favor, haz las diligencias debidas antes de invertir dinero en tu formación, para asegurarte de que estás obteniendo la certificación de un formador de buena fe (para la formación de Practitioner o Master Practitioner) o de un Master Trainer (para la formación de Trainer), que será reconocido por la ANLP. Si tiene alguna duda, consulte a la ANLP antes de invertir en su formación.

Consulte aquí la lista actual de Master Trainers

Esta lista no es exhaustiva y todos los certificados de formación son verificados por la ANLP.

Testimonios

Todas las afiliaciones, profesionales y superiores, requieren testimonios de apoyo o una referencia de formadores/supervisores. No es necesario que los testimonios se hayan obtenido especialmente para la ANLP, ni que mencionen específicamente técnicas o experiencias de PNL. Todo lo que requerimos son copias de los existentes:

  • Cartas, tarjetas, notas de agradecimiento o correos electrónicos de clientes satisfechos y agradecidos
  • Formularios de feedback de talleres / cursos de formación / talleres corporativos
  • Citas de supervisores, mentores o colegas
  • Testimonios de sitios web

Estos testimonios son sólo para nuestros archivos, por lo que si hay alguna preocupación acerca de la confidencialidad, por favor, tache o borre los nombres.

Condiciones de afiliación a la ANLP

Se llama su atención sobre los Términos y Condiciones de Afiliación, que establecen claramente varias expectativas que se espera que todos los miembros de la ANLP cumplan como parte de su profesionalidad.

Entre ellas se incluyen

  • Código Ético de la ANLP (sección 1.1)
  • Uso de los logotipos de los miembros (sección 1.2)
  • Procedimiento de reclamación (sección 1.4)
  • Requisitos de divulgación (sección 2.1.3)
  • Baja de miembro (sección 2.1.5)